Requisitos:

La ley permite pensionarse anticipadamente siempre y cuando el afiliado logre financiar una pensión igual o superior al 70% del promedio de las remuneraciones imponibles percibidas y rentas declaradas, calculado según lo dispuesto en el artículo 63, y obtener una pensión igual o superior al 80% de la Pensión Máxima con Aporte Solidario (PMAS) vigente a la fecha en que se acoja a pensión.

Trámite :

El afiliado deberá suscribir los formularios “Solicitud de Pensión” y “Declaración de Beneficiarios”, adjuntando los certificados de nacimiento y de sus beneficiarios y el certificado de matrimonio, cuando corresponda.

¿Cómo se determinan las Pensiones de Vejez Anticipada?

Las pensiones de vejez Anticipada se determinan en función al capital acumulado por el afiliado en su cuenta de capitalización individual incluidos los Depósitos Convenidos con el empleador, más el valor actualizado del Bono de Reconocimiento si corresponde, y los traspasos que efectúe el afiliado desde su cuenta de ahorro voluntario, cuenta AFC

Es un beneficio que te permite adelantar tu pensión, antes de cumplir la edad legal -de 65 años si es hombre o 60 años si es mujer- siempre que cumplas con los requisitos mínimos de ahorro.

Características

No necesitas esperar a tener la edad legal para optar al beneficio.

El acceso a este beneficio, lo determinan los ahorros obligatorios y los complementos a los que optes para lograrlo. Le permite seguir trabajando si lo desea, y Ud decide si continúas cotizando en la AFP.

Que el monto de tu pensión sea igual o superior al 80% de la pensión máxima con aporte solidario, vigente a la fecha de la solicitud.

Que el monto de tu pensión sea igual o superior al 70% del promedio de ingreso de los últimos 10 años.

Si tiene preguntas por resolver, tome contacto al siguiente link: Deseo Asistencia

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Freddy Sepúlveda Foitzich responde sus consultas.